Ciudad Juárez, Chih., 6 de septiembre de 2025.– Movimiento Ciudadano anunció que su área jurídica analiza una denuncia en contra del regidor de Morena, Antonio Domínguez Alderete, por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG), luego de un episodio en la pasada Sesión de Cabildo en el que atacó públicamente a la regidora Gloria Rocío Mirazo de la Rosa. El coordinador estatal del partido y diputado del Congreso del Estado, Francisco Sánchez, fue categórico al calificar al edil morenista como un “Patán” y advirtió que, de acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGDME) y lineamientos del INE, Domínguez podría incluso ser inhabilitado como funcionario público.
Durante la discusión de un punto de acuerdo propuesto por Mirazo de la Rosa —que planteaba exhortar a la presidenta Claudia Sheinbaum a decretar un fin de semana libre de IVA en útiles y uniformes escolares para aliviar la carga económica de las familias—, Domínguez Alderete se lanzó con descalificaciones que testigos calificaron de agresivas y machistas. Desde la tribuna tachó la propuesta de “demagógica, desatinada y mal intencionada además de mencionar que era hipócrita”, con una actitud intimidante hacia su compañera de Cabildo.
La regidora de Movimiento Ciudadano permaneció en silencio frente a los ataques, mientras el regidor morenista insistía en minimizarla, incurriendo en expresiones que, según asistentes, constituyeron un acto claro de violencia política en razón de género al tratarse de un intento de menoscabar su voz por el hecho de ser mujer y opositora.
De acuerdo con la LGDME, la violencia política de género es un delito electoral sancionable que puede derivar en multas, sanciones penales e incluso prisión. Además, los lineamientos del Instituto Nacional Electoral establecen que quienes incurran en este tipo de conductas pueden ser inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de Género, lo que implicaría la imposibilidad de ser candidatos o de ocupar cargos públicos, es decir, una inhabilitación efectiva como funcionario.
El diputado Francisco Sánchez sostuvo que su partido no permitirá que este tipo de agresiones queden impunes, subrayando que Movimiento Ciudadano respalda plenamente el trabajo de Gloria Mirazo, a quien calificó como una mujer inteligente y comprometida con los sectores más vulnerables de la sociedad. Reiteró que el regidor Domínguez Alderete será enfrentado en tribunales y en la arena política, dejando en claro que en la vida pública ya no hay espacio para “patadas misóginas disfrazadas de debate”.
El caso se suma a una serie de episodios recientes en los que la violencia política de género se ha convertido en un tema central de discusión en la vida pública mexicana. El INE y el TEPJF han reiterado que no habrá tolerancia para quienes intenten limitar o anular los derechos políticos de las mujeres, lo que pone a Domínguez Alderete en el centro de una tormenta legal y política que podría costarle la carrera como servidor público.
De acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGDME) y con los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG):
- Definición y alcance
La VPMRG se configura cuando una persona —incluidos funcionarios públicos— realiza acciones u omisiones que, basadas en el género, tengan como fin o resultado limitar, anular o menoscabar los derechos político-electorales de las mujeres. Esto incluye expresiones de violencia verbal, difamación, intimidación, acoso o descalificación pública, como las que señalas que ocurrieron en la sesión. - Consecuencias legales y administrativas
• La LGDME, en su artículo 20 Bis, tipifica como delito la violencia política en razón de género, con sanciones que pueden ir de multas económicas hasta prisión, dependiendo de la gravedad de la conducta.
• Además, el INE y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tienen criterios firmes: quien sea sancionado por VPMRG puede ser inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de Género.
• Estar en ese registro tiene como efecto directo la pérdida de la posibilidad de ser candidato o de ocupar cargos públicos, y en casos graves puede derivar en inhabilitación como funcionario. - Responsabilidad del funcionario
Un servidor público que incurra en este tipo de conductas:
• Puede enfrentar responsabilidad penal (delito electoral).
• Responsabilidad administrativa, que puede derivar en sanciones como amonestación, suspensión o inhabilitación para ejercer cargos públicos.
• En procesos electorales, la sanción puede ser aún más severa, pues el INE puede impedir su participación futura en elecciones o designaciones.
En resumen: sí, un funcionario que incurra en violencia política de género puede ser inhabilitado, además de enfrentar otras sanciones legales y políticas.
